| LA PROHIBICION DE LOS
JUEGOS DE SUERTE Y AZAR EN 1904
Para 1904 la nueva República de Panamá había
ya aprobado su nueva constitución y electo a su primer
presidente el Dr.Manuel Amador Guerrero. El artículo
37 de la carta magna, especificaba la prohibición de
efectuarse en el territorio nacional juegos de suerte y azar.
Posteriormente se elaboró una ley que reglamentaba
esta disposición y entraba en detalles sobre la descripción
de dichos juegos entre los cuales se mencionaban a los dados
que incluían al crap, seven eleven, igualada y klondike.
Barajas como bacarat, monte y pinto. Ruleta como caballito
y avren. Ademas la prohibición se extendía a
todo tipo de rifas, loterías, charada china y dominó.
Detallaba igualmente las penas que conllevaban el infringir
estas disposiciones y mencionaba los castigos que recibirían
aquellos oficiales de justicia que apadrinaran estas actividades
de tipo ilícito y de desacato a la ley.
Como las ciudades de Panamá y Colón, para esta
época, eran grandes centros de ebullición económica,
con grandes cantidades de trabajadores que arriban diariamente
y de todas partes, se habían convertido en centros
donde las razas se mezclaban y las diferentes culturas eran
muestrario de variadísimas costumbres.
No es de extrañar entonces que florecieran por todas
partes salas de juego y antros de vicios de todo tipo, que
trataban de ofrecerle a esta masa laboral heterogénea
cualquier tipo de entretenimiento y diversión dentro
o fuera de los límites que la ley había marcado.
La situación se fue tornando bastante violenta y pronto
la imagen de Sodoma y Gomorra fue tomando un paralelo preocupante
para los ciudadanos serios y honestos.
Este clamor no se limitó a nuestras ciudades terminales
sino que en periódicos de norte América aparecieron
artículos donde Panamá se presentaba como un
lugar sumamente propicio para el juego y el vicio, tomando
la iniciativa el diario New Orleans Picayune, ya que dicha
ciudad se encontraba muy ligada a los negocios del canal.
Además de este tipo de publicidad altamente negativo,
se insinuaba que el mismo gobierno se hacía partícipe
de dichas actividades, extendiendo un manto protector de pasivas
indiferencia.
Estas noticias provocaron una respuesta firme del presidente
Pablo Arosemena que era el primer mandatario de la nación,
desde el 5 de octubre de 1910.
Un mes después de haber tomado posesión se
entró en negociaciones amigables con don José
Gabriel Duque, concesionario de los juegos conocidos como
lotería china y charada.
El gobierno anunció la cancelación de las maquinas
traga monedas en Colón, porque se consideraban como
dentro de las prohibiciones ya establecidas.
La ya citada ley autorizaba al Poder Ejecutivo para incluir
dentro de la prohibición aquellos otros juegos de suerte
y azar que dentro del juicio de las autoridades pudieran considerarse
en una forma análoga.
En decreto del 17 de mayo prohibía en el territorio
nacional todos los juegos conocidos como stud poker y limitó
a dos en la categoría de los chinos ( charada y domino
).
Estas medidas austeras, aunque eran moralizadoras en general,
representaban económicamente una merma grande para
los ingresos fiscales y a pesar de estos inconvenientes el
gobierno daba un mentis a estos tipos de publicaciones difamantes
contra la imagen nacional, demostrando gran preocupación
por este aspecto ciudadano.
Algunos mencionaban que este decreto del gobierno había
sido el producto de serias insinuaciones del Coronel George
W. Goethals, ingeniero jefe de la Compañía del
Canal, porque veía que la enorme masa laboral después
que rendía al máximo su trabajo agotador de
excavar una inmensa zanja para las exclusas, dejaban en las
numerosas casas de juego el producto de todo un agotador esfuerzo.
Lo cierto era que las ciudades de Panamá y Colon,
principalmente la primera, estaban llenas de antros de vicio
y lupanares, de donde no era muy difícil que pudieran
derivarse otras actividades igualmente fuera de la ley.
Uno de los mas conspicuos era el llamado Club Imperial localizado
en Salsipuedes, donde cada noche estaba totalmente lleno de
abigarradas concurrencias que se deleitaban con el domino
chino, poker, tamtam y muchísimos otros más.
El25 de junio, las autoridades emitieron un decreto donde
se clausuraba por tres meses el citado club y se imponía
una multa de 100 pesos oros, con base legal en el articulo
384 del Código de Policía.
Clark Cho, presidente del citado club, envió un memorial
al ministrro de Gobierno y Justicia donde aducía la
ilegabilidad de la medida tomada y se basaba en los siguientes
puntos:
a. la nueva ley del 26 de junio en la cláusula
4 del articulo 1, substituye al articulo 384 f del Código
de Policía ya mencionado.
b. el presidente de la republica no tiene la competencia
legal para legislar sobre la materia.
c. no ha existido ningún tipo de juicio
d. no se han efectuado investigaciones directas en el Club
Imperial.
e.sentencia debe ser revocada
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